El pasado 10 de enero, fiesta del Bautismo del Señor, el Papa Francisco ha dado a conocer la carta apostólica, en forma de “Motu Proprio”, “Spiritu Dominis”, por la que se ha modificado el canon 230.1 del Código de Derecho Canónico (CDC), para suprimir del mismo el término “varones”.
Con dicha modificación, a partir de ahora pueden ser llamados para el ministerio estable de lector y acólito, mediante el rito litúrgico prescrito, todos los fieles idóneos, con independencia de que sean hombres o mujeres.
Aunque existe una venerable tradición en la Iglesia que considera la recepción previa de los ministerios laicales como preparación para la recepción del sacramento del Orden, según señala el Papa Francisco, la razón de ser de la modificación operada hay que buscarla en el hecho de que el Lectorado y el Acolitado se fundamentan en el sacramento del Bautismo, y el sacerdocio real que se recibe con el mismo, que alcanza a todos los fieles laicos, siendo esencialmente distinto del sacerdocio ordenado, que se recibe en el sacramento del Orden, al que son llamados únicamente los varones. De otro lado, se dota así de naturaleza legal a lo que ya era práctica frecuente en determinados lugares, donde por causas de necesidad de la Iglesia, y ante la falta de ministros ordenados, podían los laicos, sin distinción entre hombres y mujeres, y aunque no fueran lectores ni acólitos, suplirles en algunas de sus funciones, según prescribe el canon 230.3 CDC.